Condiciones Generales de Reserva

En cumplimiento con el DECRETO FORAL 243/1999, de 28 de junio, por el que se regula el alojamiento en Casas Rurales destacamos las siguientes condiciones de reserva:

Artículo 21. Entrada y salida de los clientes.

En defecto de pacto expreso entre las partes se entenderá que el alojamiento deberá estar disponible para su ocupación por los clientes a las 17 horas del día establecido por las partes. Igualmente se entenderá que el cliente deberá haber abandonado el establecimiento antes de las 12 horas del día fijado para su marcha.

Artículo 22. Pago de la estancia.

Salvo pacto expreso entre las partes, el abono del precio correspondiente a la estancia en el establecimiento se entenderá que debe realizarse en el momento de puesta a disposición del cliente de la Casa Rural.
En los casos de reserva anticipada, y a falta de pacto expreso entre las partes, se entenderá que la cantidad entregada en concepto de anticipo o señal, constituye el importe del depósito en garantía.

Artículo 36. Régimen de reserva de plazas de alojamiento.

1. Antes de contratar cualquier reserva de plaza de alojamiento, el titular de la Casa Rural deberá poner en conocimiento del cliente cualquier variación significativa de las condiciones del establecimiento y de su entorno, que puedan afectar a su estancia.
2. En ausencia de pacto expreso entre las partes, se entenderá que ambas partes han convenido las siguientes normas sobre el régimen de reserva de plazas de alojamiento:
  a) El anticipo o señal podrá alcanzar como máximo un 40% del importe que resulte en razón a las plazas y número de días por los que se efectúe la reserva.
  b) Si el desistimiento o anulación se comunica con más de 7 y menos de 15 días de antelación al señalado para la ocupación, el propietario podrá retener el 50% del importe del depósito.
  c) Si la anulación se comunica al alojamiento turístico rural dentro de los 7 días anteriores al señalado para la ocupación quedará a disposición del propietario la cantidad recibida en concepto de señal o depósito.
  d) Si los clientes, sin previo aviso, no llegan antes de las 20 horas del día señalado para el comienzo de la estancia, se entenderá anulada la reserva, salvo que previamente se concrete entre el cliente y el propietario una hora de llegada posterior.
  e) Si efectuada la reserva, la alojamiento turístico rural no pudiera llevarla a la práctica llegado el día fijado, deberá indemnizar al cliente por todos los perjuicios ocasionados que resulten debidamente acreditados, independientemente de las sanciones administrativas que procedan.
3. En los casos de resolución, anulación y cancelación de la reserva de plazas de alojamiento, y en defecto pacto expreso entre las partes, se entenderá que son de aplicación supletoria los preceptos de la Ley 21/1995, de 6 de julio, de Viajes Combinados que regulan dichos supuestos respecto del contrato de viajes combinados.

Protección de datos de carácter personal

Claúsula LOPD

De conformidad con lo dispuesto en el Art. 5 y 6 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, así como en los artículos 12, 14 y 18 del R.D. 1720/2007 de 21 de diciembre, autorizo expresamente que los mismos sean objeto de tratamiento para atender mi solicitud, tanto por vía electrónica como no electrónica.
Quedo informado de la posibilidad de ejercer mis derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (previstos en los artículos 15, 16 y 17 de la LOPD, así como en los artículos 23 a 36 ambos inclusive del R.D. 1720/2007 de 21 de diciembre) por medio de comunicación mediante carta dirigida a:
Casa Rural Aguerre
Calle de San Salvador, 67
31671 Villanueva de Aezkoa (Navarra)

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